Con fecha 28 de Marzo de este año, el Tribunal Constitucional dio dictamen a favor del Juez José María Gómez y otros, y en contra de la resolución expedida por la segunda sala civil de la corte superior de Piura que salvo al actual alcalde Hoyos león de una vacancia segura.
Recordemos que en el año 2011, ni bien el alcalde entro en sus labores, se le presento un pedido de vacancia, por estar prohibido de ejercer cargo público, al tener una condena por el delito contra la administración pública en la modalidad de usurpación de funciones en agravio del estado .
Condena que con mucha astucia no había declarado en su hoja de vida ante el JNE. Y después de todos los recursos creados por el actual alcalde para demorar el tramite regular del pedido de vacancia, fue salvado por un Habeas Corpus resuelto por la segunda sala civil de la corte superior de Piura, y al parecer todo quedo ahí, y Hoyos León logro quedarse en el sillón municipal y hoy busca la reelección.
Sin embargo, Con fecha 6 de junio de 2011, los jueces de la Sala Penal Liquidadora de Sullana, José Maria Gómez Tavares, Celinda Enedina Segura Salas y Jacqueline Sarmiento Rojas, interponen demanda de amparo contra los jueces de la Sala Penal de Apelaciones de Piura, Marco Antonio Guerrero Castillo, Cruz Elvira Renteria Agurto y Manuel Hortensio Arrieta Ramírez, con el objeto de que se declare la nulidad de la sentencia constitucional de fecha 10 de mayo de 2011, que declaró fundada la demanda de hábeas corpus interpuesta por don Pedro Alejandro Hoyos León contra el juez penal liquidador transitorio de Talara, don Luis Alberto Lalupu Sernaqué, y contra los ahora demandantes.
Todo se prorrogo, de instancia en instancia, hasta llegar al Tribunal Constitucional donde , con fecha 28 de Marzo del 2014, el TC declaro fundada la demanda y en su parte resolutiva declara NULA la sentencia de fecha 10 de mayo de 2011, que declaró fundada la demanda de hábeas corpus Interpuesta por don Pedro Alejandro Hoyos León.
Asimismo ORDENA que la Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Piura expida una nueva resolución.
De esta manera queda en claro que el Dr. Hoyos León fue un alcalde que cumplió sus funciones al margen de la ley, pues con esta sentencia queda demostrado que el Alcalde estaba impedido de ejercer cargo público. Por lo consiguiente no podía ni siquiera postular, pero gracias a sus astucia de ocultar la verdad, logro gobernarnos en estos años burlándose de todos los negriteños.
Pare acceder a la sentencia del TC clic aquí
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